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Artículo UNICO de la Ley 19.668 · Traslada a los dias lunes los feriados que indica

Traslada a los dias lunes los feriados que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 160270 / 8359778.

Texto oficial

"Artículo único.- Trasládanse los feriados correspondientes al 29 de junio, día de San Pedro y San Pablo; 12 de octubre, día del descubrimiento de dos mundos; a los días lunes de la semana en que ocurren, en caso de corresponder a día martes, miércoles o jueves, o los días lunes de la semana siguiente, en caso de corresponder a día viernes.".