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Artículo 1 del Decreto 921

Refunde y reglamenta diversas disposiciones relativas al decreto supremo n° 931, de 25 de octubre de 1946, sobre indemnizacion por años de servicios a obreros molineros, panificadores y fideeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16214 / 8031725.

Texto oficial

Artículo 1°. La persona jurídica de derecho público denominada "Departamento de Indemnizaciones a Obreros Molineros y Panificadores", en adelante en este decreto simplemente "El Departamento", tendrá la administración de los bienes y recursos que más adelante se detallarán y que constituyen su propio patrimonio, cuyos fines son otorgar los beneficios que se determinan en las disposiciones del presente reglamento.