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Artículo 53 del Decreto 921

Refunde y reglamenta diversas disposiciones relativas al decreto supremo n° 931, de 25 de octubre de 1946, sobre indemnizacion por años de servicios a obreros molineros, panificadores y fideeros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16214 / 8031780.

Texto oficial

Artículo 53°. En los casos de construcción, mejoras o reparaciones, la inversión de estos préstamos se comprobará por medio de la presentación previa de un presupuesto, que deberá ser aprobado por el arquitecto de la institución, y, además, por la inspección periódica de un funcionario del Departamento, que levantará acta de cada visita.