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Artículo UNICO de la Ley 17.436 · Concede, por gracia, a doña juana olga mora mora viuda de caceres, la pension que señala

Concede, por gracia, a doña juana olga mora mora viuda de caceres, la pension que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 163532 / 6258701.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Juana Olga Mora Mora viuda de Cáceres, una pensión mensual de dos sueldos vitales mensuales, escala a), del departamento de Santiago. El gasto que implique la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".