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Artículo UNICO de la Ley 17.495

Concede, por gracia, a doña berta vergara varas, viuda de don santiago labarca labarca, la pension mensual que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 163789 / 6259478.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Berta Vergara Varas, viuda de don Santiago Labarca Labarca, una pensión mensual equivalente a cinco sueldos vitales, escala A), del departamento de Santiago, sin perjuicio del montepío a que tuviere derecho. El gasto que irrogue esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".