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Artículo UNICO de la Ley 17.508

Concede, por gracia, a doña elena guillermina montalva ariztia viuda de zuñiga la pension que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 163813 · idParte: 6259547

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Elena Guillermina Montalva Ariztía viuda de Zúñiga, una pensión mensual equivalente a dos sueldos vitales, escala a), del departamento de Santiago. El mayor gasto que irrogue la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".