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Artículo UNICO de la Ley 17.589

Concede, por gracia, a doña silvia pastora manriquez roman viuda de candia, la pension que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 163873 / 6259716.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Silvia Pastora Manríquez Román viuda de Candia una pensión mensual equivalente a seis sueldos vitales, escala A) del departamento de Santiago, sin perjuicio del montepío a que tenga derecho. Esta pensión, en caso de fallecimiento de la beneficiaria, pasará a los hijos habidos de su matrimonio con don Luis Candia Carrasco, los que gozarán de ella, con derecho a acrecer, mientras sean menores de edad, o hasta los 23 años si acreditan estudiar una carrera universitaria. El gasto que demande esta ley se imputará al respectivo ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda."