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Artículo UNICO de la Ley 17.754 · Concede pension, por gracia, a don jose peñie lemuñir

Concede pension, por gracia, a don jose peñie lemuñir

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 164347 / 6261265.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a don José Peñie Lemuñir, una pensión mensual de uno y medio sueldo vital mensual, escala a), del departamento de Santiago. El gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al ítem de pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".