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Artículo UNICO de la Ley 17.770 · Concede pension, por gracia, a doña graciela matte hurtado

Concede pension, por gracia, a doña graciela matte hurtado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 164351 / 6261277.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, una pensión mensual a doña Graciela Matte Hurtado ascendente a dos sueldos vitales mensuales escala A), del departamento de Santiago. El gasto que signifique la aplicación de esta ley se imputará al item de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".