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Artículo 2 de la Ley 17.769 · Concede pension, por gracia, a las personas que indica

Concede pension, por gracia, a las personas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 164352 / 6261281.

Texto oficial

Artículo 2º.- Concédese, por gracia a don Eduardo Espinoza Navarrete, ex profesor primario, una pensión mensual vitalicia de dos sueldos vitales mensuales, escala A), del departamento de Santiago. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".