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Artículo UNICO de la Ley 17.852 · Otorga pension, por gracia, a doña magdalena muñoz manosalva

Otorga pension, por gracia, a doña magdalena muñoz manosalva

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 164787 / 6262715.

Texto oficial

"Artículo único.- Otórgase a doña Magdalena Muñoz Manosalva una pensión de gracia ascendente a la suma de un sueldo vital mensual, escala A, del departamento de Santiago. Impútese el gasto a que dé lugar la aplicación de esta ley, al ítem de pensiones del Ministerio de Hacienda.".