Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Ley 3017

Autoriza, por gracia, a don carlos federico klagges reidel para reintegrar imposiciones por los periodos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 165330 / 8361159.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Carlos Federico Klagges Reidel, para que reintegre las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1º de Septiembre de 1927 al 30 de Abril de 1928, desde el 1º de Noviembre de 1930 al 31 de Agosto de 1931 y entre el 1º de Mayo de 1934 y el 31 de Agosto de 1944. Las imposiciones correspondientes a dichos períodos serán de cargo del interesado y la Caja de Previsión de Empleados Particulares precederá a recibirlas, y una vez integradas la Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas reliquidará su pensión por vejez, sobre la base de dichas imposiciones