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Artículo UNICO de la Ley 17.855 · Concede, por gracia, pension a doña maria teresa rojas bravo

Concede, por gracia, pension a doña maria teresa rojas bravo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 166846 / 6269354.

Texto oficial

"Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña María Teresa Rojas Bravo, una pension de Eº 500 mensuales. El gasto que demande la aplicación de la presente ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.".