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Artículo UNICO del Decreto Ley 3076

Otorga pension de gracia a doña maria dolores jimenez añasco

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 166887 / 8361750.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña María Dolores Jiménez Añasco, una pensión de un sueldo vital mensual de la Región Metropolitana de Santiago, compatible con cualquier otro ingreso que perciba. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.