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Artículo 35 del Decreto 1062

Aprueba reglamento del instituto nacional de estadisticas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 16705 / 8266494.

Texto oficial

Artículo 35º.- Al proveerse por ascenso un cargo vacante, todo funcionario afectado tiene derecho a que se respeten las normas de los ascensos que contempla este Reglamento, y cualquiera otra que le fuere aplicable.