Saltar al contenido

Artículo 2 del Decreto Ley 3455

Asciende a un oficial post - mortem

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167094 / 8361808.

Texto oficial

Artículo 2º.- El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley, se imputará al Item de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.