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Artículo 13 (DEL ART. 1) del Decreto Con Fuerza de Ley 10

Aprueba reglamento de remates aduaneros

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167374 / 9051792.

Texto oficial

Artículo 13°.- Las mercancías presuntivamente abandonadas y las incautadas desde que se haya puesto término a la incautación adeudarán en caso de rescate la tarifa de almacenaje que les corresponda recargada en un 50%.