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Artículo 2 de la Ley 19.678

Modifica el código de procedimiento penal en lo relativo a las personas que tienen fuero constitucional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 167986 / 7269129.

Texto oficial

Artículo 2º.- Introdúcense las siguientes modificaciones al Código Orgánico de Tribunales: 1.- En el artículo 63, numeral 4º, letra a), reemplázase la expresión ''los Diputados y Senadores'' por la frase ''las personas a quienes les fueren aplicables los incisos segundo, tercero y cuarto del artículo 58 de la Constitución Política de la República''. 2.- En el artículo 96, numeral 2º, sustitúyese la frase ''senadores y diputados a que se refiere el'', por ''las personas a quienes les fueren aplicables los incisos segundo, tercero y cuarto del''.''.