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Artículo UNICO del Decreto Ley 3036

Concede, por gracia, beneficio que indica a doña teresa bove del gatto

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 168375 / 8362092.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, a doña Teresa Bove del Gatto, un nuevo plazo de 120 días, a contar de la publicación del presente decreto ley, para que se acoja al beneficio contemplado en los incisos cuarto y quinto del artículo 2º transitorio del decreto ley Nº 1.610, de 1976.