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Artículo del Decreto Ley 1235

Modifica normas sobre remanentes de sorteos de la polla chilena de beneficencia en favor de las instituciones que indica

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 168471 / 8362118.

Texto oficial

Artículo único.- Sustitúyese el inciso segundo del artículo 9º del decreto con fuerza de ley Nº 120, de 1960, agregado por el decreto ley Nº 1.137, de 1975, por el siguiente: "Cuando el remanente a que se refiere el presente artículo esté constituido por bienes distintos al dinero y siempre que no provengan de sorteos realizados a beneficio de la Fundación "Graciela Letelier de Ibáñez" "CEMA CHILE", o del Comité Nacional de Jardines Infantiles y de Navidad o de la Fundación del Niño Rural, dichos bienes serán transferidos gratuitamente al Consejo de Ayuda a la Ancianidad y a la Corporación de Ayuda al Deficiente Mental, por partes iguales.".