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Artículo 25 de la Ley 3.385

Ley 3.385

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169255 / 8919819.

Texto oficial

Art. 25. Corresponde especialmente a la Oficina: 1.o Coordinar los datos que le envien las Oficinas departamentales; 2.o Hacer la desinfeccion de los edificios, muebles y demas especies que le encomienden las autoridades o los particulares; 3.o Preparar y especialmente instruir el personal necesario para el servicio de desinfeccion en toda la República; y 4.o Tener a su cargo el servicio departamental de desinfeccion, en Santiago.