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Artículo del Decreto Ley 2910

Otorga pension de gracia a don manuel patricio acevedo inzunza

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 169692 / 8362287.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a don Manuel Patricio Acevedo Inzunza, una pensión de tres sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda. El Hospital Militar y/o el Servicio Nacional de Salud, concederá atención médica al beneficiario.