Saltar al contenido

Artículo UNICO del Decreto Ley 2921

Reconoce, por gracia, tiempo servido por don oscar rigoberto bahamondes navarro

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 170284 / 8362392.

Texto oficial

Artículo único.- Concédese, por gracia, derecho a rejubilar a don Juan Uribe-Echavarría Uriarte. La Caja Nacional de Empleados Públicos y Periodistas procederá a tramitar la solicitud de rejubilación del interesado, con omisión de lo dispuesto en el artículo 124º del decreto con fuerza de ley Nº 338, de 1960.