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Artículo 9 del Decreto Ley 409

Establece normas relativas reos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 170285 / 6280088.

Texto oficial

Art. 9.o Todo reo condenado que obtenga su indulto o su libertad condicional recibirá al salir de la prisión un carnet firmado por el jefe del establecimiento respectivo, el que le servirá de salvoconducto para que la policía no lo detenga por el solo hecho de haber estado preso y le preste su protección en todo sentido. Este mismo carnet se dará a los penados que cumplan sus condenas en la prisión y hayan observado en ella muy buena conducta.