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Artículo UNICO del Decreto Ley 2952

Autoriza, por gracia, a don luis alberto suazo naranjo para reintegrar imposiciones por el periodo que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 170300 / 8362419.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Luis Alberto Suazo Naranjo, para que reintegre las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 22 de Agosto de 1956, y el 4 de Junio de 1958, a la Caja de Previsión de los Empleados Particulares y desde el 27 de Abril de 1959 al 1º de Abril de 1961, a la Caja de Previsión de la Defensa Nacional. Los organismos previsionales aludidos procederán a recibir las imposiciones correspondientes a dichos períodos, las que serán de cargo del interesado.