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Artículo UNICO del Decreto Ley 2929

Autoriza, por gracia, a don victor celedon rivera para reintegrar imposiciones por los periodos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 170767 / 8362506.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Víctor Celedón Rivera para reintegrar las imposiciones correspondientes a los períodos comprendidos entre el 1º de Diciembre de 1925 y el 30 de Junio de 1931; desde el 1º de Abril de 1932, al 30 de Noviembre de 1940, y entre el 1º de Septiembre de 1949 y el 30 de Junio de 1954. La Caja de Previsión de los Empleados Particulares procederá a recibir las imposiciones por dichos períodos, las que serán de cargo del interesado.