Texto oficial
Artículo 1°.- El personal de la Dirección General de
Relaciones Económicas Internacionales, creada por decreto
con fuerza de ley N° 53, de 1979, es esencialmente
profesional, jerarquizado y disciplinado.
Este personal se regirá por las disposiciones del
presente Estatuto y, en subsidio, por las normas aplicables
en general al personal de la Administración Civil del
Estado.