Promulga los siguientes protocolos al acuerdo regional nº 4, que instituye la preferencia arancelaria regional: protocolo suscrito el 12 de marzo de 1987; segundo protocolo, suscrito el 20 de junio de 1990 y su protocolo aclaratorio, suscrito el 20 de julio de 1990, y tercer protocolo adicional, suscrito el 26 de julio de 1999, por el cual cuba asume los derechos y obligaciones emanados del acuerdo regional nº 4 y de sus protocolos adicionales, como pais de desarrollo intermedio
Artículo único.- Promúlganse los siguientes Protocolos al Acuerdo Regional Nº 4, que instituye la Preferencia Arancelaria Regional (AR.PAR/4): Protocolo suscrito el 12 de marzo de 1987; Segundo Protocolo, suscrito el 20 de junio de 1990 y su Protocolo Aclaratorio, suscrito el 20 de julio de 1990, y Tercer Protocolo Adicional, suscrito el 26 de julio de 1999; cúmplanse y publíquense en la forma establecida en la ley Nº 18.158.