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Artículo 9 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155497.

Texto oficial

Artículo 9° La Dirección estará a cargo de un Director General (en lo sucesivo el Director), asesorado por un Consejo, con las atribuciones, deberes y responsabilidades que determinan el decreto con fuerza de ley 383, de 27 de julio de 1953 (en lo sucesivo la ley), y este Reglamento, y constará de los siguientes Servicios: a) Departamento Administrativo, con las siguientes funciones o dependencias: 1°) Oficina de Partes e Informaciones. 2°) Escalafón y vida administrativa del personal. b) Departamento de Adquisiciones, con las siguientes dependencias (Secciones): 1°) Compras Directas y propuestas privadas en el país (hasta quinientos mil pesos ($ 500.000), según estimación). 2°) Propuestas Públicas, compras en el extranjero y propuestas privadas (superiores a quinientos mil pesos ($ 500.000), según estimación). 3°) Imprenta. c) Departamento de Almacenes, con las siguientes funciones o dependencias: 1°) Emisión de Ordenes de Entrega de materiales. 2°) Muestrario de materiales. 3°) Libro de existencias y precios de materiales. 4°) Almacenes de Stock de la Dirección. 5°) Almacenes de Stock de los Servicios Públicos. 6°) Enajenación de materiales excluídos. d) Departamento de Contabilidad, con las siguientes funciones o dependencias: 1°) Contabilidad de fondos. 2°) Facturas por compras efectuadas directamente por los Servicios Públicos. 3°) Facturas por compras efectuadas por la Dirección. 4°) Relaciones con instituciones bancarias y rendiciones de cuentas a la Contraloría General. 5°) Caja. 6°) Deudas Pendientes. e) Departamento Técnico, con las siguientes funciones o dependencias: 1°) Confección de diseños y especificaciones. 2°) Inspección de calidad de los materiales. 3°) Formación y custodia del muestrario oficial. 4°) Recepción y custodia de muestras y otorgamiento de "Certificados de Calidad". 5°) Vehículos automóviles (Sub-Sección). 6°) Laboratorio e inspección técnica de mobiliarios y materiales. 7°) Atención y conservación de los edificios de la Dirección.