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Artículo 107 del Decreto 1208

Aprueba el reglamento orgánico de la direccion general de aprovisionamiento del estado deroga el decreto 3.777, de 5 de diciembre de 1940, de hacienda.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17220 / 7155595.

Texto oficial

Artículo 107° Independientemente de las funciones que le correspondan, como subrogante del Jefe del Departamento, tendrá a su cargo todo lo relacionado con la rendición oportuna de las cuentas correspondientes a todos los giros globales emitidos por la Dirección. Como consecuencia, tendrá a su cargo la recepción, archivo y custodia de toda la documentación relacionada con dichos giros globales. Deberá, independientemente del control que ejercite el Jefe del Departamento, llevar un archivo ordenado con las copias de todos los giros globales emitidos, por orden de numeración y fecha, el cual permitirá conocer instantáneamente los giros cuyas rendiciones de cuentas están pendientes.