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Artículo UNICO del Decreto Ley 2700

Aprueba la convencion internacional para la regulacion de la caza de la ballena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172265 / 8801721.

Texto oficial

Artículo único.- Apruébase la Convención Internacional para la Regulación de la Caza de Ballenas y su Anexo, suscrita en la ciudad de Washington, Estados Unidos de América, con fecha 2 de Diciembre de 1946, con la reserva de que ninguna de sus disposiciones podrá afectar o menoscabar los derechos soberanos de Chile en su Zona Marítima de 200 millas. Como consecuencia de lo anterior, Chile tiene el derecho de aplicar en tal zona sus normas internas o las normas internacionales, según cuales de ellas resulten más convenientes para la conservación de la especie.