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Artículo UNICO del Decreto Ley 2731

Concede, por gracia, pension a doña maria ivette de folliot nuñez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172300 / 8363094.

Texto oficial

Artículo único.- Otórgase, por gracia, a doña María Ivette de Folliot Núñez una pensión de cuatro sueldos vitales mensuales de la Región Metropolitana de Santiago, compatible con la pensión de montepío que actualmente percibe. El gasto que importe la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de pensiones del presupuesto del Ministerio de Hacienda.