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Artículo 14 del Decreto 1225

Aprueba el reglamento orgánico de la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la republica; deroga el decreto 343, de 11 de marzo de 1954, de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17286 / 5928755.

Texto oficial

Artículo 14.° Se levantará acta de las sesiones tanto ordinarias como extraordinarias del Consejo; y en ella se dejará constancia de la fecha en que se celebre, la asistencia, las materias que se traten, los acuerdos que se adopten y las votaciones con que se tomen los acuerdos. Las actas serán sometidas a aprobación en una sesión posterior y se firmarán por los miembros del Consejo presentes en esta sesión.