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Artículo 35 del Decreto 1225

Aprueba el reglamento orgánico de la caja de retiro y prevision de los empleados municipales de la republica; deroga el decreto 343, de 11 de marzo de 1954, de salud publica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 17286 / 5928787.

Texto oficial

Artículo 35.° Al entregarse o enviarse el valor del préstamo al deudor, se dirigirá al Tesorero Comunal respectivo, o a la oficina pagadora de la pensión, comunicación para que efectúe los descuentos correspondientes al pagaré el sueldo o la pensión.