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Artículo UNICO del Decreto Ley 2604

Aumenta, por gracia, pension concedida en conjunto a don luis garreaud fernandez y doña olvido leguia maritorena

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172936 / 8363193.

Texto oficial

Artículo único.- Auméntase, por gracia, la pensión concedida, en conjunto, a don Luis Garreaud Fernández y a doña Olvido Leguía Maritorena por la ley número 17.678, a una suma equivalente a la que perciben como pensión vitalicia los agraciados con el Premio Nacional de Arte, con derecho a acrecer entre ellos. El mayor gasto que signifique la aplicación del presente decreto ley se imputará al ítem de Pensiones del Presupuesto del Ministerio de Hacienda.