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Artículo UNICO del Decreto Ley 2609

Autoriza, por gracia, a don hernan marin bustamante para reintegrar imposiciones por el periodo que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172941 / 8363208.

Texto oficial

Artículo único.- Autorízase, por gracia, a don Hernán Marín Bustamante, para que reintegre las imposiciones correspondientes al período servido entre el 1º de Junio de 1952 y el 19 de Octubre de 1969. La Caja de Previsión y Estímulo de los Empleados del Banco del Estado de Chile procederá a recibir las imposiciones por dicho período, las que serán de cargo del interesado.