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Artículo UNICO del Decreto 936

Promulga el convenio sobre seguridad social con la república portuguesa

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 172964 · idParte: 6288875

Texto oficial

Artículo único.- Promúlgase el Convenio sobre Seguridad Social entre la República de Chile y la República Portuguesa, suscrito el 25 de marzo de 1999; cúmplase y llévese a efecto como Ley y publíquese copia autorizada de su texto en el Diario Oficial.