Texto oficial
Artículo 1º.- Déjase sin efecto el D.F.L. Nº 1, de
28 de octubre de 1999, del Ministerio de Justicia, tomado
razón por la Contraloría General de la República, sin
publicar.
Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8717775.