Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 197. El proceso tendrá carácter de secreto hasta
que se dicte sentencia de término, y sólo tendrán acceso
a él las partes y sus apoderados judiciales.
La persona que ejerza una acción de filiación de mala
fe o con el propósito de lesionar la honra de la persona
demandada es obligada a indemnizar los perjuicios que cause
al afectado.