Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 418. Habiendo muchos guardadores que administren
de consuno, todos ellos a la expiración de su cargo
presentarán una sola cuenta; pero si se ha dividido entre
ellos la administración, se presentará una cuenta por cada
administración separada.