Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8718340.
Texto oficial
Art. 498. Son asimismo incapaces de toda tutela o
curaduría:
1º. Derogado.
2º. Derogado.
3º. Los que L. 7.612, Art. 2º
tienen que ejercer por largo tiempo, o por tiempo L. 7.612, Art. 2º
indefinido, un cargo o comisión pública fuera del
territorio chileno.