Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 543. Se nombrará tutor o curador interino para L. 7.612
mientras penda el juicio de remoción, siempre que el Art. 1º
tribunal, oyendo a los parientes, estimare que conviene
dicho nombramiento. El interino excluirá al propietario que
no fuere ascendiente, descendiente o cónyuge; y será
agregado al que lo fuere.