Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 1269. El derecho de petición de herencia expira L. 16.952
en diez años. Pero el heredero putativo, en el caso del Art. 1°
inciso final del artículo 704, podrá oponer a esta acción
la prescripción de cinco años.