Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8719385.
Texto oficial
Art. 1454. El error de hecho vicia asimismo el
consentimiento cuando la sustancia o calidad esencial del
objeto sobre que versa el acto o contrato, es diversa de lo
que se cree; como si por alguna de las partes se supone que
el objeto es una barra de plata, y realmente es una masa de
algún otro metal semejante.
El error acerca de otra cualquiera calidad de la cosa
no vicia el consentimiento de los que contratan, sino cuando
esa calidad es el principal motivo de una de ellas para
contratar, y este motivo ha sido conocido de la otra parte.