Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 1722. Las escrituras que alteren o adicionen las L. 7.612
capitulaciones matrimoniales, otorgadas antes del Art. 1º
matrimonio, no valdrán si no cumplen con las solemnidades
prescritas en este título para las capitulaciones mismas.