Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 172986 / 8720023.
Texto oficial
Art. 1995. La persona a quien se presta el servicio
será creída sobre su palabra (sin perjuicio de prueba en
contrario),
1º. En orden a la cuantía del salario;
2º. En orden al pago del salario del mes vencido;
3º. En orden a lo que diga haber dado a cuenta por mes
corriente.