Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 2106. Expira asimismo la sociedad por la
incapacidad sobreviniente o la insolvencia de uno de los
socios.
Podrá, con todo, continuar la sociedad con el incapaz L. 18.802
o el fallido, y en tal caso el curador o los acreedores Art. 4º
ejercerán sus derechos en las operaciones sociales.