Fija texto refundido, coordinado y sistematizado del código civil; de la ley nº4.808, sobre registro civil, de la ley nº17.344, que autoriza cambio de nombres y apellidos, de la ley nº 16.618, ley de menores, de la ley nº 14.908, sobre abandono de familia y pago de pensiones alimenticias, y de la ley nº16.271, de impuesto a las herencias, asignaciones y donaciones
Art. 2133. Cuando se da al mandatario la facultad de
obrar del modo que más conveniente le parezca, no por eso
se entenderá autorizado para alterar la substancia del
mandato, ni para los actos que exigen poderes o cláusulas
especiales.
Por la cláusula de libre administración se entenderá
solamente que el mandatario tiene la facultad de ejecutar
aquellos actos que las leyes designan como autorizados por
dicha cláusula.