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Artículo 11 del Decreto 570

Aprueba reglamento para la internacion de las personas con enfermedades mentales y sobre los establecimientos que la proporcionan

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 173059 / 8658214.

Texto oficial

Artículo 11.- Constituyen una internación de carácter no voluntario, las siguientes: a) La de urgencia no voluntaria, b) La administrativa, y c) La judicial.