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Artículo 5 del Decreto Ley 2545

Fija normas sobre cotizacion y recaudacion de cuotas sindicales y gremiales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 173423 / 7275225.

Texto oficial

Artículo 5º.- En el caso a que se refiere la letra b) del artículo 3º, la autorización del trabajador deberá renovarse, a lo menos, cada dos años.